Instituto de Reintegración Educativa, A. C.
El proyecto ya ha obtenido un reconocimiento de Iniciativa México
El Instituto de Reintegración Educativa (IRE) es un Sistema Correctivo Integral Interdisciplinario para reintegrar al ámbito educativo, cultural y deportivo a jóvenes con problemas de adicciones a las dr**as y miembros de familias disfuncionales y que pertenecen al Sistema Educativo Estatal para convertirlos en personas de éxito ayudandoles a establecerse un propósito de Vida.
08/08/2023
¿TORTILLAS, PASTELES Y PAN DUCEL GRAVAN IVA AL 16%, 0%, EXENTO? ℹ️
Ley del IVA establece que los productos destinados a la alimentación humana y animal gravaran a la tasa del 0%, salvo algunas excepciones.
Partiendo desde esta perspectiva, todo alimento humano es gravado a la tasa 0%, por supuesto excluyendo aquellos que la propia ley señala.
📌 Hay un punto importante a considerar, TODOS aquellos productos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser consumidos en los mismos, cuando sean para llevar o para entrega a domicilio GRAVARAN A LA TASA DEL 16%.
Ahora les preguntamos ¿Las tortillas, los pasteles y el pan son productos preparados y listos para su consumo en el lugar donde se enajenen?
LA RESPUESTA ES: SI.
Bajo ese criterio las tortillerías, panaderías, pastelerías, etc., tendrían que gravar sus productos con la tasa del 16%, precisamente porque ya llevan un proceso de preparación o industrialización adicional.
TOMA NOTA
Derivado de lo anterior, el reglamento de la Ley del IVA en su artículo 10-A establece que las tortillas de maíz o trigo, los productos de panificación (inclusive pasteles y galletas) se considera que NO son alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, por ende DEBEN GRAVAR A LA TASA 0%.
📌 NO será aplicable la tasa del 0%, cuando la enajenación de dichos productos, se realice en restaurantes, fondas, cafeterías y demás establecimientos similares, por lo que en estos casos la tasa aplicable será la del 16%.
En sintesis, los alimentos mencionados anteriormente son gravados a la tasa del 0% siempre y cuando su venta no se realice en restaurantes, fondas, cafeterías.
POR EJEMPLO: si vas al Starbucks a tomarte un cafecito y compras un pan para acompañarlo, SERÁ GRAVADO A 16%.
FUNDAMENTO:
Artículo 2o.-A LIVA y Artículo 10-A del RLIVA.
08/08/2023
La "razón de negocios" es el motivo por el cual se realiza un acto, mismo que debe ser acordé con la sustancia económica de una operación, debiendo ser licita, existente y válida.
Sin embargo la "razón de negocios" es un método para evitar la elusión tributaria, de tal forma que puede determinar la inexistencia de una operación.
Es decir, mediante la elusión fiscal se materializan actos u operaciones realizadas por los contribuyentes; actos lícitos y reales que se hacen con el objetivo de disminuir la carga tributaria.
08/08/2023
No lo olviden.
Opinión de cumplimiento en materia de SEGURIDAD SOCIAL sólo es válida durante un plazo de 15 días naturales.
08/08/2023
Claves de Regímenes Fiscales para la emisión del CFDI. ℹ️
08/08/2023
Al fisco le interesa RECAUDAR, no importa a que te dediques mientras tus ingresos provengan de forma lícita. Ya no hay excusas para no pagarle impuestos al SAT. 😅
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